Adopción nacional
Qué es?
Es una medida jurídica del derecho de familia mediante la cual una persona se integra plenamente en la vida de una persona o personas con los mismos efectos que produce la filiación biológica. La adopción supone la ruptura de los vínculos jurídicos que el menor tenía con su familia de origen. Quien adopta a un menor tiene todas las obligaciones y derechos derivados de la patria potestad.
El programa de adopción nacional tiene como objetivo ofrecer a los menores en situación de desamparo y con imposibilidad de devolver con sus familias de origen una familia alternativa idónea y definitiva.
REQUISITOS DE LOS ADOPTANTES
- Las personas solicitantes deben tener residencia legal y habitual en Mallorca (mínimo 2 años)
- La edad de la persona solicitante no podrá ser mayor de 60 años en el caso de monoparentales.
- La solicitud debe realizarla una unidad familiar prevista en el código civil (persona individual, matrimonio o pareja de hecho)
- La diferencia de edad entre el adoptante y el adoptado será de, al menos, 16 años y no podrá ser superior a 45 años. En el caso de parejas, se valorará la edad del más joven.
- Se requiere un mínimo de convivencia de 2 años. En caso de que no exista matrimonio, la convivencia deberá acreditarse documentalmente.
- Si se ha producido separación o divorcio, debe haber transcurrido 1 año desde el mismo.
- Cuando se hayan producido sucesos traumáticos en la unidad familiar (muerte de pareja o hijos...), debe haber pasado 1 años desde el hecho.
- Debe haber pasado 1 año desde el nacimiento o adopción de un niño/a anterior.
- No debe haber embarazo o tratamiento de fertilidad en curso por parte de los solicitantes.
- Estado de salud: inexistencia de enfermedades físicas o psíquicas que dificulten el cuidado del menor.
- Disponer de medios de vida estables y suficientes.
Qué ofrece?
Cada primer y tercer lunes de mes a las 13h durante todo el año (excepto en el mes de agosto) se hace una sesión informativa a la que se pueden apuntar las personas interesadas en la adopción, en los teléfonos 971 014 402 y 971 014 478 o en la dirección de correo electrónico: adopcions@imas.conselldemallorca.net
Las personas interesadas en adoptar a un menor tendrán que:
- Cumplimentar la solicitud de declaración de idoneidad, así como su ofrecimiento, con la documentación exigida.
- Asistir obligatoriamente a las sesiones formativas organizadas por la Sección de Adopciones del IMAS.
- Participar en unas entrevistas de valoración psicosocial, para la obtención del certificado de idoneidad para la adopción.
Cómo acceder?
Mediante solicitud